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Sorteo Cataratas

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BASES Y CONDICIONES 

El presente sorteo titulado “Promoción Sorteo Cataratas” (en adelante PROMOCIÓN) es organizado por SANTA MONICA SA empresa comercializadora de la tarjeta de crédito ELEBAR, (en adelante indistintamente Elebar u Organizador) con domicilio en 9 DE JULIO 643, Tandil, provincia de Bs As, y se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (las “Bases”).

1. Vigencia y aplicación territorial: la PROMOCIÓN tendrá vigencia entre el 01/010/2024 y el 31/10/2024 inclusive (el “Plazo de Vigencia”) y para todo el territorio de la provincia de Buenos Aires (el “Territorio”).

2. Disposición de las Bases: La presentes Bases encontrarán disponibles en www.elebar.com.ar y en las instalaciones de ELEBAR junto con las Políticas de Uso de Datos Personales, así como las decisiones que posteriormente pueda adoptar el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas.

3.- Aceptación de las Bases: Al participar de esta Promoción, los Participantes reconocen haber leído y comprendido en su totalidad las presentes Bases y Condiciones de la Promoción, y expresan su adhesión plena y sin reservas a todo lo aquí dispuesto.

4.- Participantes: 

a) Requisitos. Podrán participar en la Promoción las personas humanas mayores de 18 años con domicilio en el Territorio, que posean Tarjeta Elebar que hayan realizado compras y consumos con tarjeta Elebar, entre el 01/10/2024 y el 31/10/2024 inclusive y aquellos que sigan el procedimiento establecido en el punto 4 siguiente (los “Participantes”). 

b) Exclusiones. No podrán participar en la Promoción: (a) personas jurídicas, (b) menores de 18 años o incapaces de derecho, (c) personas domiciliadas fuera del Territorio (d) empleados del Organizador o de sus agencias de publicidad, los ex empleados de tales empresas que se hubieren desvinculado después del 31 de octubre de 2024 y los parientes por consanguinidad o afinidad de cualquiera de ellos, hasta el segundo grado inclusive, ni sus cónyuges.

 

5.- Participación sin obligación de compra. Las personas humanas mayores de 18 años que residan en el territorio y estén interesadas en participar en la Promoción sin obligación de compra deberán mandar un correo electrónico a comercial@elebar.com.ar con el asunto “Quiero Participar” y brindar los datos personales que les sean requeridos, previa aceptación de estas Bases, de los Términos y Condiciones. 

6.- Información oficial. El Organizador dará a conocer la información oficial del mismo a través de los siguientes medios de comunicación: página web oficial, diarios, radios, televisión, medios gráficos, vía pública, instagram, facebook, x (twitter), internet y otros.

7.- Realización del sorteo. 

a) Elección del ganador y mecánica. El Participante ganador (el “Ganador”) será determinado por sorteo, por elección simple y al azar, de entre todos los Participantes, a través de una fórmula aleatoria del Programa SQL (el “Sorteo”). Cada Participante sumará una chance por cada compra realizada con Tarjeta Elebar y dos chances por cada préstamo personal o servicio pago con Elebar, realizados en el periodo de vigencia.

b) Lugar y fecha. El Sorteo se llevará a cabo el 4/11/2024 El mismo tendrá lugar 9 julio 643 Tandil o bien en las oficinas de la escribanía designada para su realización por el Organizador.

c) Intervención de escribano público. A efectos de dotar de mayor transparencia y seguridad al mecanismo de selección del Potencial Ganador, los Sorteos se llevarán a cabo ante escribano público.

d) Ganador. Ganadores suplentes. Se seleccionará un (1) solo Ganador que será acreedor al Premio. Adicionalmente, se elegirán, además, diez (10) Participantes suplentes (“Ganador Suplente”) quienes formarán una lista por orden emergente del Sorteo a quienes se les podrá asignar el Premio si no se le pudiera asignar al Ganador elegido en primer término, por cualquier motivo. El Organizador no está obligado a entregar ningún premio a quienes resulten designados Ganadores Suplentes en el caso de asignación del premio al Ganador elegido en primer término o en el caso de que sea declarado desierta la PROMOCIÓN. 

8.- Premio. El premio de la presente PROMOCIÓN es solo UNO y único y consiste en un viaje para dos personas a Cataratas del Iguazú. El Ganador no podrá exigir el cambio del Premio por otro no contemplado en el presente, ni por un bien o servicio distinto de los indicados como Premio, de modo que éste no será negociable, ni transferible.

9.- Probabilidad de resultar ganador. La probabilidad de ser elegido ganador en un Sorteo dependerá de la cantidad de personas que participen en ese Sorteo y de la cantidad de chances acumuladas por cada una de ellas. No obstante, ello y en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, se ha realizado un cálculo estimativo tomando a modo de ejemplo que en el supuesto de que en un determinado Sorteo participarán 20.000 Participantes y que un determinado Participante lo hiciera con 2 chances, dicho Participante tendría 1 probabilidad en 10.000 de ser elegido en el Sorteo. 

10.- Notificación del ganador. El Ganador será notificado de su condición de tal por teléfono al número informado al momento de haberse dado de alta, dentro de los cinco (5) días hábiles de efectuado el Sorteo. En caso de que el Organizador no lograra notificar telefónicamente al Ganador, después de realizar al menos dos (2) intentos con un mínimo de treinta (30) minutos de diferencia entre ambos, el potencial Ganador perderá automáticamente el derecho a que el Premio le sea asignado y el Organizador podrá realizar el mismo procedimiento con el Ganador Suplente que corresponda, según el orden de extracción de los participantes Suplentes o declarar el Premio como no asignado.

11.- Entrega del Premio. Dentro de los quince (15) días de notificado de su condición de Ganador, este deberá presentarse a reclamar la asignación del Premio en el lugar, día y horario que le haya comunicado el Organizador. En dicha oportunidad, deberá presentar su DNI original y entregar una copia simple. El nombre y apellido que allí figure deberá coincidir con los informados al momento del alta. Asimismo, en cumplimiento incondicionado a lo establecido en el punto 14 sobre derechos de imagen y datos personales deberá suscribir la documentación adicional al efecto si el Organizador lo solicitase. 

12.- Falta de entrega del Premio. En caso de que el Ganador no se presentase a retirar el Premio en el plazo estipulado al efecto implicará renuncia irrevocablemente al Premio haciéndole perder al Ganador, automáticamente, el derecho al mismo. El Premio no asignado a ganador alguno, quedará en poder de ELEBAR. 

13.- Responsabilidad. Garantías. 

a) Regla general. ELEBAR no será responsable por los daños y perjuicios que los Participantes pudieran sufrir como consecuencia de la utilización inadecuada del Premio ni asumirá ningún costo de retiro u otro costo relacionado a la obtención del Premio. En especial, no será responsable por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir el Ganador o terceros, sobre sus personas o bienes, con motivo de o en relación con su participación en la presente PROMOCIÓN o por el uso del Premio, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los potenciales ganadores, el Ganador, terceros y/o sus sucesores, lo que es aceptado incondicionalmente por cada participante. 

b) Garantías y responsabilidades adicionales. ELEBAR y sus empresas asociadas no otorgan ninguna garantía distinta de la legal, establecida por la ley de Defensa del Consumidor, N.º 24.240, con relación al Premio ofrecido en la Promoción. La responsabilidad de ELEBAR finaliza al poner a disposición el Premio del que resultó adjudicatario el Ganador y de ninguna manera se extiende a sucesivos trámites y/o gestiones. En caso de que la tradición del Premio deba suspenderse temporaria o definitivamente, por causas o motivos de fuerza mayor, ELEBAR no tendrá responsabilidad alguna frente al Ganador. La cobertura de gastos de entrega no incluidos en las presentes Bases así como todos aquellos gastos que genere el uso y goce del Premio estarán a cargo del GANADOR, incluyendo, pero sin limitarse cualquier otro costo o gasto que se produzca como consecuencia y/o en ocasión de la tradición y/o entrega y/o utilización del PREMIO. El GANADOR mantendrá indemne y a salvo a ELEBAR y a sus empleados, por cualquier daño, pérdida y/o accidente acaecido como consecuencia de la utilización del PREMIO.

14.- Imagen y datos personales. ELEBAR se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes del Ganador por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, durante todo el tiempo que considere necesario y sin obligación de realizar compensación alguna. El nombre del Ganador será publicado en diversos medios periodísticos, redes sociales y/o en la página web institucional de ELEBAR. Se considerará que los participantes de la PROMOCIÓN han prestado su consentimiento al respecto al aceptar el PREMIO en caso de resultar adjudicatario. Asimismo, el Ganador presta autorización de uso de su nombre, imagen y acepta participar de las sesiones de fotografía y/o filmación que le sean requeridas por el Organizador a tales fines. El Ganador autoriza a ELEBAR como condición para la asignación del Premio, a difundir sus datos personales, domicilios, imágenes y voces, con fines comerciales, en los medios y formas que ELEBAR disponga, sin derecho a compensación alguna, durante el plazo de Vigencia y hasta transcurridos tres (3) años de la finalización de éste. Los datos del Ganador podrán ser informados en las redes sociales oficiales de Elebar, y sus distintas sucursales por los demás medios que establezca. En caso de negativa por parte del Ganador quedara descalificado y se procederá a entregar el precio al ganador suplente, utilizando el procedimiento establecido en el punto 7-d de las presentes Bases.

Los Datos Personales de los Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por ELEBAR. El titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N.º 25.326. La Agencia de Acceso a la Información Pública, órgano de control de la Ley N.º 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre Datos Personales. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N.º 25.326. El titular de los Datos Personales podrá solicitar el retiro o bloqueo total o parcial de su nombre de la base de datos, enviando un e-mail a comercial@elebar.com.ar.

 

15.- Modificación de Bases. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción.

16.- Participación no oficial. Prohibiciones. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. Asimismo, será eliminado de la Promoción quien hubiera informado datos erróneos, inexactos o fraudulentos. Los Participantes declaran que los datos que ingresan son legítimos, así como también responden por su veracidad y autenticidad, liberando al Organizador.

Cualquier Participante podrá ser descalificado, sin derecho a compensación alguna, cuando su conducta en la PROMOCIÓN genere o motive acciones penales o civiles, de cualquier naturaleza; cuando violen la ley, la moral y las buenas costumbres, o cuando el contenido de la participación presente expresiones injuriosas, ofensivas o discriminatorias hacia cualquier persona o institución; cuando por su conducta afecten los intereses del Organizador, o cuando incurran, a juicio de éste, en mecanismos desleales de competición. Asimismo, serán pasibles de descalificación, sin derecho a indemnización, cuando incurran en violación de cualquiera de las disposiciones de las presente Bases o cuando hubieren consignado datos falsos.

 

17.- Competencia. En cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción serán competentes los tribunales civiles y comerciales del Departamento Judicial de Azul con asiento en Tandil.